Bolsas de trabajo
7 ÍNDICE ANPE Andalucía En todo caso, se añadirá a estos requisitos, en la correspondiente convocatoria, cualquier otro que la normativa vigente determine para el acceso a la función pública. 2. Requisitos específicos del personal que participe por esta modalidad de acceso. (Art.41) El personal que participe en las convocatorias de acceso extraordinario a las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes habrá de cumplir, asimismo, los siguientes requisitos específicos : a) Estar en posesión de la titulación que corresponda al cuerpo y a la especialidad a que se pre- tende acceder, de acuerdo con lo establecido en el Anexo III. b) Para el acceso a bolsas de especialidades de los cuerpos de profesores de enseñanza se- cundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuelas oficiales de idiomas y de otros cuerpos para los que legalmente se exija, se requerirá: - Estar en posesión del certificado de aptitud pedagógica , del título de especialización di- dáctica o del título oficial de máster que acredite la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. - O, en su defecto , tener experiencia docente durante dos cursos académicos completos, o 12 meses continuos o discontinuos, con anterioridad al 31 de agosto de 200 9, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, del nivel educativo al que se pretende acceder; o en su caso, haber obtenido, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, la Diplomatura en Magisterio o títulos anteriores declarados equivalentes a efectos de docencia, Licenciatura en Pedagogía o en Psicopedagogía, o Licenciatura o titulación equivalente que incluya formación pedagógica o didáctica ; o bien, quienes con anterioridad a esta fecha estuvieran cursando una Diplomatura en Magisterio, una Licenciatura en Pedagogía o en Psicopedagogía y tuvieran cursados, al menos, 180 cré- ditos de estas titulaciones . 3. Solicitudes y forma de presentación. (Art.42) En aplicación de lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las perso- nas participantes en las convocatorias de acceso extraordinario a las bolsas de trabajo formali- zarán las correspondientes solicitudes y, en su caso, la presentación de alegaciones, a través de los medios electrónicos establecidos para este procedimiento. Una vez cumplimentadas, las solicitudes deberán presentarse electrónicamente. A la correspondiente solicitud, se adjuntará la documentación requerida en los términos esta- blecidos en las convocatorias. El personal participante será responsable de la veracidad de la documentación que aporte, ex- tremo que figurará en la solicitud.
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