Bolsas de trabajo
19 ÍNDICE ANPE Andalucía 6. Revocación y ceses. (Art.60) Revocación del nombramiento efectuado: La ocultación de una circunstancia que imposibilite la ocupación de un puesto de trabajo o la incompetencia para desempeñar el mismo. De concluirse la falta de capacidad o incompetencia, o la ocultación de una circunstancia que imposibilite la docencia, la Delegación Territorial correspondiente dictará resolución de revocación del nombramien- to y propondrá a la Dirección General competente en materia de recursos humanos la exclusión de la bolsa o bolsas que corresponda. Cese en el puesto de trabajo y exclusión de la bolsa: tras el correspondiente expediente contra- dictorio, en el supuesto de que, denegada una baja por incapacidad por la autoridad competente, el personal funcionario interino no se incorpore al puesto de trabajo, en el plazo de cuarenta y ocho horas desde la correspondiente notificación. Cese en el puesto ocupado : Cuando finalice el período para el que fue nombrado. Cuando se incorpore la persona titular del puesto El 30 de junio del curso académico correspondiente 7. Prórrogas vacacionales. (Art.61) El personal funcionario interino percibirá las retribuciones correspondientes a los meses de julio y agosto en los siguientes supuestos: Por tiempo de servicio a 30 de junio igual o superior a siete meses. Dos meses de servicios efectivos en cada uno de los trimestres del correspondiente curso aca- démico. Haber ocupado un puesto vacante en el período comprendido entre el comienzo del curso y el inicio del período vacacional de la Navidad y se continúe prestando servicios hasta el 30 de junio de dicho curso académico.
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